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ley 30222

La Ley 30222 modifica a la Ley 29783

ley 30222

Ley 30222

La ley 30222 tiene el objetivo de modificar diferentes artículos de la ley de seguridad y salud en el trabajo la ley 29783 con el fin de facilitar la implementación, manteniendo el nivel efectivo de protección de la seguridad y la salud, además de reducir costos para las organizaciones y los incentivos de informalidad.

Se modifican los siguientes artículos: 12, 26, 28, 32 inciso d) del artículo 49, 76 y la cuarta disposición complementaria de la ley 29783.

La ley 29783 ha sido modificada por la ley 30222, gracias a esta modificación se corrigen sobrecostos y excesos que la ley 29783 exigía y que no responde a la realidad económica que se vive en Perú.

Con todos los cambios que se han aprobado, varios de los cuales han sido formulados por la Cámara de Comercio de Lima, en los que se corrigen parte de los sobrecostos y los excesos de la ley 29783, que fue hecha para países desarrollados y no para nuestra realidad empresarial, sobre todo para las pymes que constituyen la mayoría de las unidades productivas del país, según comentó Víctor Zavala el gerente de la Cámara de Comercio de Lima.

Entre los cambios que se han producido en la ley de Seguridad y Salud en el Trabajo podemos incluir los siguientes:

  • Registros simplificados: las pequeñas y medianas empresas (pymes ), así como todas las empresas y entidades en general que no llevan a cabo actividades de alto riesgo, llevarán registros y formatos simplificados. Todos los registros se llevan a cabo por separado o en un solo formato físico o registro electrónico.
  • Tercerización: sin perjuicio de la responsabilidad que por ley le corresponde al jefe que son las de cumplir con las normas de seguridad y salud en el trabajo para proteger la vida, la salud y la integridad de los trabajadores, se insta a los jefes a que contraten personal profesional o empresas que estén familiarizadas, para que se encarguen de implementar, gestionar, monitorear y cumplir con las normas de seguridad y salud en el trabajo. Con ello se elimina la pretensión de contratar a médicos como plantilla de la organización.
  • Exámenes médicos: se realizarán cada dos años, salvo que se realicen actividades de alto riesgo en la empresa, en cuyo caso los exámenes se llevaran a cabo al ingreso, durante y al término de la relación laboral.
  • Consejos regionales de seguridad y salud en el trabajo: los tres representantes de los trabajadores ya no se designarán por la Confiep, ya que será designado por la Cámara de Comercio de la zona, otro por la microempresa y otro por la Confiep. En el Consejo Nacional de seguridad y salud en el trabajo, la Confiep sigue designando a los cuatro representantes de los trabajadores.
  • Responsabilidad penal del jefe: se debe corregir la tipificación penal del artículo 168-A del código penal. Por ejemplo, para imputar la responsabilidad penal al representante del jefe, es necesario acreditar intencionalidad dolosa y haber sido requerido de forma previa por el Ministerio de Trabajo, además de que no haya adoptado las medidas necesarias que pongan en peligro la vida, salud e integridad de los trabajadores.  Si como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas, se genera la muerte de un empleado o se producen lesiones muy graves, siempre que el trabajador haya podido prever el resultado, podrá ser sancionado con 6 u 8 años en los casos de lesiones graves o muerte. Se excluye la responsabilidad penal del jefe, si la muerte o las lesiones se producen porque no se han llevado a cabo las normas de seguridad y salud en el trabajo por parte del empleado.
  • Multas laborales: durante 3 años, la SUNAFIL aplicará como máxima multa el 35% de la que corresponde en cada caso. En caso de subsanación no se llegará a aplicar ninguna multa. Cuando hablemos de infracciones muy graves, por ejemplo trabajo infantil, trabajo forzoso, libertad sindical y de asociación, obstrucción de las inspecciones, se podrá aplicar la máxima multa que corresponda y no se realizará el descuento del 75% hablado anteriormente. Debemos recordad que según el reglamento de multas laborales que se encuentra vigente, el decreto supremo 012-201|3-TR, si el jefe subsana la infracción durante el proceso de inspección tiene derecho a recibir una rebaja en la multa de un 90%, siempre y cuando no se trate de infracciones calificadas como insubsanables.

Software para la Ley 29783

Para que las empresas consigan sus objetivos, según propone la ley 29783, es necesario que apliquen ciertos cambios en su empresa.

Para que las gestiones se simplifiquen, las empresas tienen que hacer uso del Software ISOTools Excellence. Dicha plataforma ha sido diseñada basándonos en el ciclo PHVA (Planear, Hacer, Verificar y Actuar) para llevar a cabo la gestión de los riesgos ocupaciones, facilitando el control de todos los componentes de protección personal, el análisis de los incidentes en el trabajo, además de cumplir la legislación vigente.

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